El número de alquileres de viviendas en España se sigue disparando este último año, superando ya el 60%, según el III Informe sobre el mercado del alquiler 2016. Con estos números, cada vez se hace más común ese desagradable trance que, tanto arrendador como arrendatario, tienen que vivir al comunicar la no prórroga del contrato del alquiler de inmuebles. Si este es tu caso y no sabes cómo actuar, no te preocupes ni te asustes.
¿Cómo comunicar al casero la ruptura de un contrato de alquiler?
En el caso de querer romper el contrato de cualquier alquiler de inmuebles, el inquilino debe saber que debe comunicarlo al arrendador como mínimo un mes antes de la finalización del contrato, mediante un burofax. En este, el arrendatario debe especificar en el asunto el motivo de su comunicación, así como el nombre del propietario y el domicilio del inmueble, y sus datos personales.
En el cuerpo de la nota, y mediante un lenguaje cordial, el inquilino expresa su voluntad de no continuar el contrato firmado por ambas partes, especificando la fecha de la ruptura.
¿Y qué pasa con el propietario?
En cambio, si tu posición es la de propietario, el procedimiento es prácticamente el mismo. Debes comunicar mediante un burofax, y sobre todo un mínimo de 30 días antes del vencimiento del último mes del tercer año de contrato, la voluntad de romper el contrato, pudiendo añadir si así lo deseas la devolución de la fianza.
En la comunicación debes especificar el nombre del inquilino y la dirección del domicilio, así como hacer mención al artículo 10 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, que te permite la no prórroga de un contrato de alquiler, añadiendo la fecha de abandono de la propiedad y la devolución pertinente de las llaves. Conocer este tipo de informaciones te puede ahorrar disgustos y… ¡dinero en pleitos legales!